Empleadas del hogar en Valencia: selección, contratación y gestión laboral

Servcio doméstico y empleadas del hogar

En Atès a Casa te ayudamos a encontrar la solución que mejor se adapta a las necesidades de tu hogar. Tanto si buscas una empleada del hogar externa como una empleada del hogar interna.

Tipos de Servicio

Empleadas del hogar externas

Las empleadas del hogar externas pueden prestar servicio durante jornadas parciales o completas con horarios estables acordados entre la familia y la trabajadora.

Empleadas del hogar internas

Las empleadas del hogar internas residen en el domicilio familiar y desarrollan su actividad conforme a la jornada, descansos y condiciones laborales acordadas entre la familia y la trabajadora.

Más información

¿Cómo funciona nuestro servicio?

agencia de servicio domestico en Valencia

Atès a Casa actúa como agencia de empleadas del hogar.

Ayudamos a las familias a encontrar la profesional adecuada y les acompañamos durante todo el proceso de contratación y gestión laboral dentro del Sistema Especial para Empleados de Hogar (SEEH).

✔ Selección personalizada.

✔ Entrevistas y validación de candidaturas.

✔ Contratación laboral.

✔ Altas y bajas en Seguridad Social.

✔ Gestión de nóminas.

✔ Asesoramiento laboral continuado.

✔ Acompañamiento durante toda la relación laboral.

¿Quieres contratar una empleada del hogar en Valencia?

Contratar una empleada del hogar en Valencia y provincia implica mucho más que encontrar a la persona adecuada. Es importante definir correctamente las necesidades del hogar, seleccionar un perfil profesional de confianza y gestionar adecuadamente todos los aspectos relacionados con la contratación laboral.

En Atès a Casa ayudamos a las familias durante todo el proceso para contratar una empleada del hogar con garantías, realizando la selección de candidatas, el asesoramiento laboral y la gestión administrativa necesaria dentro del Sistema Especial para Empleados de Hogar (SEEH).

Tanto si buscas una empleada del hogar interna como una empleada del hogar externa, te acompañamos para encontrar la solución que mejor se adapte a las necesidades de tu familia.

 

Somos Agencia de colocación de empleadas del Hogar

Atès a Casa es una Agencia de Colocación autorizada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) con número de autorización 1000000226.

Ayudamos a familias de Valencia y provincia a encontrar empleada domésticas, mediante procesos de selección rigurosos y personalizados.

Nuestro objetivo es encontrar la profesional más adecuada para cada hogar, valorando no solo la experiencia y la formación, sino también la afinidad con las necesidades y dinámica de cada familia.

Seleccionamos empleadas del hogar internas y empleadas del hogar externas adaptadas a las necesidades de cada familia.

Mucho más que una agencia de empleadas del hogar

agencias de colocación de empleadas domésticas

Sabemos que detrás de cada contratación hay una familia, unas necesidades concretas y una relación de confianza que debe construirse con garantías.

Por eso no nos limitamos a presentar candidaturas. Escuchamos, asesoramos y acompañamos a las familias durante todo el proceso para encontrar la solución más adecuada.

A través de nuestro servicio SEEH (Sistema Especial para Empleados de Hogar), nuestro equipo está a tu lado para ayudarte en cada paso.

Además de la selección de personal doméstico, acompañamos a las familias en todos los aspectos relacionados con la contratación y la gestión laboral, ofreciendo un servicio cercano y especializado.

Servicios incluidos

Selección de empleadas del hogar

Realizamos un proceso de selección personalizado que incluye:

  • Definición del perfil profesional.
  • Reclutamiento de candidaturas.
  • Entrevistas personales.
  • Verificación de referencias.
  • Presentación de perfiles seleccionados.

Contratación y gestión laboral

Si optas por la modalidad SEEH, nos encargamos de:

  • Elaboración de contratos.
  • Altas y bajas en la Seguridad Social.
  • Gestión de nóminas.
  • Modificaciones contractuales.
  • Asesoramiento laboral.
  • Resolución de incidencias.

¿Por qué elegir Atès a Casa?

Selección profesional y personalizada

Buscamos la persona más adecuada para cada familia.

Más de una modalidad de contratación

Podrás elegir entre empleadas del hogar externas y empleadas del hogar internas, ambas contratadas mediante SEEH (Sistema Especial para Empleados de Hogar)

Gestión laboral integral

Nos ocupamos de los trámites administrativos y laborales para que no tengas que preocuparte por ellos.

Atención cercana y acompañamiento continuo

Seguimos a tu lado incluso después de la incorporación de la profesional.

Servicio en Valencia y provincia

Prestamos nuestros servicios de empleada del hogar en Valencia capital y numerosas localidades del área metropolitana.

Solicitar Presupuesto

Servicio en Valencia y provincia

Prestamos servicio a familias de Valencia capital y numerosos municipios de la provincia, ayudándoles en la selección y contratación de empleadas del hogar internas y externas.

Trabajamos habitualmente en Valencia, Torrent, Paterna, Burjassot, Godella, Rocafort, Moncada, Bétera, L’Eliana, Mislata y otras localidades del área metropolitana.

Preguntas frecuentes sobre empleadas del hogar

agencia de trabajo de empleadas domesticas

¿Quién realiza la contratación en el SEEH?

La contratación la realiza directamente la familia, mientras que Atès a Casa se encarga de la selección de candidaturas y de la gestión laboral asociada.

¿Qué tareas puede realizar una empleada del hogar?

  • Limpieza.
  • Plancha.
  • Cocina.
  • Organización doméstica.
  • Cuidado de menores.
  • Acompañamiento.

¿Qué diferencia hay entre una empleada del hogar interna y una empleada del hogar externa?

La empleada del hogar externa presta servicio durante una jornada acordada y finaliza su actividad al terminarla.

La empleada del hogar interna reside en el domicilio familiar y combina tiempos de trabajo, descansos y periodos de presencia conforme a la normativa vigente.

¿Se puede establecer un periodo de prueba para una empleada del hogar?

Sí. Al contratar empleada del hogar es posible establecer un periodo de prueba, siempre que quede reflejado por escrito en el contrato de trabajo.

La duración máxima del periodo de prueba es de dos meses. Durante este tiempo, tanto la familia empleadora como la trabajadora pueden finalizar la relación laboral sin necesidad de justificar una causa concreta y sin que corresponda indemnización.

Para favorecer una comunicación adecuada entre ambas partes, desde Atès a Casa recomendamos incluir un preaviso de tres días durante el periodo de prueba, aunque este plazo puede adaptarse dentro de los límites establecidos por la normativa vigente.

El periodo de prueba permite comprobar que las necesidades de la familia y el perfil profesional de la trabajadora encajan correctamente antes de consolidar la relación laboral.

Si contratas una empleada del hogar a través de nuestro servicio de Agencia de Colocación, te asesoraremos sobre todos los aspectos relacionados con el contrato, el periodo de prueba y la gestión laboral.

¿Cuál es el salario de una empleada del hogar?

El salario de una empleada del hogar debe respetar, como mínimo, lo establecido por la normativa laboral vigente y el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), en proporción a la jornada contratada.

Además del salario, es importante tener en cuenta otros aspectos como las cotizaciones a la Seguridad Social, las vacaciones, los descansos y las condiciones específicas del puesto.

Cuando la contratación se realiza a través del Sistema Especial para Empleados de Hogar (SEEH), desde Atès a Casa asesoramos a cada familia para calcular correctamente el salario y garantizar que el contrato cumple con todos los requisitos legales.

También podemos gestionar las nóminas, las altas en Seguridad Social y el resto de trámites laborales para que la familia tenga la tranquilidad de que todo está correctamente gestionado.

¿Qué es el tiempo de presencia en una empleada del hogar?

No todo el tiempo que una empleada del hogar permanece en el domicilio se considera tiempo de trabajo efectivo.

La normativa diferencia entre:

  • Tiempo de trabajo efectivo: cuando la trabajadora está realizando las tareas para las que ha sido contratada (limpieza, cocina, cuidado de personas mayores, atención a menores, etc.).
  • Tiempo de presencia: cuando la trabajadora está disponible para atender una necesidad puntual, pero sin realizar trabajo efectivo de forma continuada.

El tiempo de presencia tiene una regulación específica y no se computa igual que la jornada ordinaria de trabajo. Su duración, compensación y organización deben quedar claramente definidas en el contrato de trabajo.

Si vas a contratar una empleada del hogar interna o con disponibilidad prolongada, desde Atès a Casa te asesoramos para configurar correctamente la jornada, los descansos y los periodos de presencia conforme a la normativa vigente.

¿El tiempo de presencia debe remunerarse?

Sí. El tiempo de presencia debe compensarse siempre, ya que durante ese periodo la trabajadora permanece a disposición de la familia, aunque no esté realizando tareas de forma continuada.

Esta compensación puede realizarse de dos formas:

  • Mediante una retribución económica acordada entre las partes.
  • Mediante tiempos equivalentes de descanso.

La forma de compensación debe quedar claramente reflejada en el contrato de trabajo para evitar dudas o incidencias posteriores.

Este aspecto es especialmente importante en la contratación de empleadas del hogar internas o en aquellos servicios que requieren una mayor disponibilidad dentro del domicilio.

Si tienes dudas sobre cómo organizar la jornada, los tiempos de presencia o los descansos, en Atès a Casa te asesoramos para que la contratación se ajuste a la normativa y a las necesidades de tu familia.

¿Cuántas horas de descanso deben pasar entre una jornada y la siguiente?

Sí. La normativa establece unos periodos mínimos de descanso entre el final de una jornada de trabajo y el inicio de la siguiente.

En el caso de las empleadas del hogar externas, debe respetarse un descanso mínimo de 12 horas entre jornadas.

Para las empleadas del hogar internas, este descanso puede reducirse de forma excepcional, siempre respetando los límites legales y compensando posteriormente las horas de descanso correspondientes.

Organizar correctamente los horarios, descansos y periodos de trabajo es fundamental para garantizar una relación laboral adecuada y evitar incidencias.

Si contratas una empleada del hogar a través del SEEH, en Atès a Casa te asesoramos sobre la jornada, los descansos y todas las obligaciones laborales para que la contratación se ajuste a la normativa vigente.

¿Las empleadas del hogar tienen derecho a vacaciones?

Sí. El personal doméstico tiene derecho a 30 días naturales de vacaciones al año, independientemente de que trabajen a jornada completa o parcial.

Las fechas de disfrute deben acordarse entre la familia y la trabajadora. Las vacaciones pueden dividirse en varios periodos, aunque uno de ellos debe tener una duración mínima de 15 días consecutivos.

Durante sus vacaciones, la empleada del hogar no está obligada a permanecer en el domicilio familiar, incluso en el caso de las empleadas internas.

Además, las empleadas del hogar tienen derecho a los descansos, permisos y festivos establecidos por la normativa laboral vigente.

Si contratas una empleada del hogar a través del SEEH, en Atès a Casa podemos ayudarte a gestionar las vacaciones, nóminas y demás aspectos laborales para que todo se realice correctamente.

¿La empleada del hogar debe acompañar a la familia durante las vacaciones?

No necesariamente. La empleada del hogar solo estará obligada a prestar servicios durante las vacaciones familiares si esta posibilidad ha sido previamente acordada y forma parte de las condiciones de trabajo.

Cuando se prevea que la trabajadora pueda desarrollar su actividad en un lugar distinto al domicilio habitual, es recomendable que esta circunstancia quede reflejada en el contrato de trabajo.

En cualquier caso, deben respetarse siempre los derechos laborales de la trabajadora, incluyendo su jornada, descansos y vacaciones.

Si necesitas una empleada del hogar para acompañar a una persona mayor, a un menor o prestar apoyo durante periodos vacacionales, en Atès a Casa podemos asesorarte sobre la modalidad de contratación más adecuada para cada situación.

¿Qué papel tiene Atès a Casa en la contratación de una empleada del hogar?

Atès a Casa actúa como Agencia de Colocación autorizada nº 1000000226.

Seleccionamos candidatas, asesoramos a la familia durante el proceso de contratación y ofrecemos servicios de gestión laboral. La empleada del hogar es contratada directamente por la familia dentro del Sistema Especial para Empleados de Hogar (SEEH).

Nuestras sedes en Valencia

Sede Ruzafa

Dirección: Carrer de Matias Perelló, 45, 46005 València.

Teléfono: 963 94 71 78

Sede El Cabañal

Dirección: C/ de la Reina, 120, 46011 València.

Teléfono: 963 94 71 78

También contamos con sede administrativa en La Malvarrosa – C/Ingeniero Manuel Maesee, 15, Bajo C. 46011. Valencia), donde se ubican parte de nuestros equipos de gestión. A pesar de no ofrecer asesoramiento comercial presencial,  si estamos más cerca de ti, puedes venir y te derivaremos al profesional adecuado.  

¿Hablamos?

Estamos aquí para ayudarte a encontrar la empleada del hogar que mejor se adapte a las necesidades de tu familia.

📞 963 947 178

💬 WhatsApp: 602 617 398 – 679 851 205

También puedes completar el formulario y contactaremos contigo lo antes posible.

Este formulario está destinado exclusivamente a solicitudes de información sobre nuestros servicios.

Los currículums y las ofertas comerciales recibidas por esta vía no serán atendidos.


     

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